El Enress adhirió a la Ley Provincial N.º 13976, 13977 y Decreto N°805/2020 PE, por lo que en el caso de deuda de Tasa Retributiva de Servicios Sanitarios al Enress por parte de los Prestadores No Concesionados de Agua Potable y Cloacas de la Provincia de Santa Fe, tienen la opción de regularizar las deudas al 31/12/2019 a través de un convenio de pago.  La presente regularización tiene vigencia hasta el 29/11/2020. Ver Resolución

Las obligaciones fiscales que se regularicen por el presente régimen, se calcularán adicionando el monto del impuesto, tasa o contribución, el dos por ciento (2%) de interés simple mensual, calculando desde la fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización del convenio respectivo, mas las multas, si correspondieren, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación.

La deuda determinada de conformidad al párrafo anterior podrá ser cancelada de contado o mediante la formalización de planes de pagos en cuotas, conforme al siguiente detalle:

a) Contado.

a) 1. Abonando dentro de la vigencia del régimen de regularización, se reducirán los intereses en un setenta por ciento (70%)

b) Mediante convenios de pagos :

b) 1. En hasta doce (12) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del uno y medio por ciento (1,5%) mensual aplicable sobre saldos, Sistema Alemán; debiendo abonarse la primera cuota al momento de proponer el respectivo plan de pago, con una reducción de los intereses previstos en el segundo párrafo de la presente (art. 24 de la Ley 13976) en un treinta por ciento (30%).

b) 2. En hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del dos por ciento (2%) mensual aplicable sobre saldo, Sistema Alemán; debiendo abonarse a primera cuota al momento de proponer el respectivo plan de pago, con una reducción de los intereses previstos en el segundo párrafo de la presente (art. 24 de la Ley 13976) en un quince por ciento (15%)

b) 3. En hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés del dos y medio por ciento (2,50 %) mensual aplicable sobre saldos, Sistema Alemán;  debiendo abonarse la primera cuota al momento de proponer el respectivo plan de pago.

Para todos los supuestos de convenios de pagos, el importe de cada cuota no podrá ser inferior a pesos trescientos ($300.-)

PASOS A SEGUIR EN CASO DE SOLICITAR EL CONVENIO DE PAGO:

1. Determinar los períodos adeudados:

a) Ingresar a la página Prestadores On Line (https://prestadoresonline.enress.gov.ar:4443) con su usuario y contraseña (en el caso de no haberlo requerido, deberá solicitarlo a la Gerencia de Administración del Enress) y consultar a través de la opción Tasa Retributiva del menú los períodos adeudados, caso contrario comunicarse con la Gerencia de Administración del Enress quien le brindará dicha información.

2. Requerir la formalización del convenio de pagos:

a) Para iniciar el trámite, deberá remitir al Enress una nota vía mail (escaneada con firma autorizada)  o correo postal, requiriendo formalizar el convenio de pagos informando si el prestador fuese una Cooperativa los nombres de los firmantes: Presidente, Secretario y Tesorero, si fuese una Comuna el nombre del Presidente Comunal y si fuese un Municipio el nombre del Secretario de Hacienda, adjuntando los períodos adeudados y los importes correspondientes a cada uno de ellos de acuerdo a lo establecido en la Ley 11220 y Decreto 188/1997  y  la opción elegida para su pago.

A los efectos informativos, se podrá consultar a través del siguiente link, el modelo del convenio a celebrar  (Modelo Convenio)

b) El Enress a través de la Gerencia de Administración se comunicara con Uds., informará el monto de las cuotas requeridas y enviará el convenio de pagos para la firma correspondiente.

c) Una vez formalizado el convenio, se les notificara las dos alternativas posibles para la cancelación de cada una de las cuotas del convenio, las que se describen a continuación:

  • Se le van a remitir la totalidad de las cuotas en boletas nominadas con código de barras, para pagar en el Banco Santa Fe o Santa Fe Servicios, similares a las remitidas para el pago de los períodos normales de Tasa Retributiva Enress.
  • Como otra alternativa de pago de dichas cuotas, se recuerda que esta vigente el servicio Web denominado Prestadores Online (https://prestadoresonline.enress.gov.ar:4443), en el cual se podrá abonar mediante el pago electrónico vía Red Link la Tasa Retributiva de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 1° de la Res. 0188/2020 Enress, ingresando en la opción Convenio del menú. Además, fuera de los periodos alcanzados por la presente norma los prestadores pueden continuar en lo sucesivo abonando la tasa bajo esta modalidad. En el caso de optar por este sistema de pagos, se informa que deberán requerir el Nombre de Usuario y Contraseña a los contactos que se mencionan en el párrafo siguiente.

Ante cualquier duda o consulta, por favor pónganse en contacto con nosotros vía correo electrónico a la dirección lcorazza@enress.gov.ar o sistemas@enress.gov.ar o vía telefónica a los números 0342-4593181/4583256 Interno 111 o 203 (tener en cuenta que dado lo dispuesto por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe por los problemas de publico conocimiento, el Enress se encuentra con guardias mínimas de 8 hs a 13 hs y de urgencias hasta tanto se disponga lo contrario)