Objeto

La Ley 11220 dispone la regulación de la prestación del Servicio y prevé los sistemas para la autorización de la provisión del Servicio por los Prestadores en todo el ámbito de la provincia de Santa Fe; establece las formas, modalidades, alcances y procedimientos para llevar a cabo la transformación del sector público de agua potable, desagües cloacales y saneamiento, y la privatización del Servicio en el Ámbito de la Concesión, de acuerdo con lo prescripto por el articulo 30 de la ley 10.798 y demás disposiciones de la presente. Asimismo, se prevé‚ un sistema para la preservación de los recursos naturales y el medio ambiente, y la creación de un organismo competente en la materia.

Vea tambien: Anexo A; Anexo B; Anexo C.

Finalidades

Las finalidades de esta ley son:

  • Garantizar el mantenimiento y propender a la rehabilitación, mejora y desarrollo del Servicio en todo el ámbito de la provincia de Santa Fe.

 

  • Establecer las normas que permitan asegurar niveles de calidad y eficiencia acordes con la naturaleza del Servicio.

 

  • Fijar un marco legal adecuado que permita conciliar un eficaz y efectivo suministro del Servicio por parte de los Prestadores, con el adecuado ejercicio de las facultades estatales relativas a la protección del interés sanitario, del bienestar de la población, y del medio ambiente y los recursos naturales en todo el ámbito de la provincia de Santa Fe.

 

  • Proteger los derechos de los Usuarios y conciliarlos con la acción, derechos y atribuciones de las autoridades regulatorias y de los Prestadores.

 

  • Tutelar la salud pública, los recursos hídricos y el medio ambiente con los alcances definidos en el Título V de esta ley.